“Adulterar la legislación de la familia”
13.03.2009 ABC
Antoni Bosch
‘LA propuesta de incorporar el Código de Familia catalán de 1998 al Código Civil Catalán ha sido aprovechada por el tripartito para seguir con el proceso de adulteración del Derecho de Familia. Voy a poner dos ejemplos. De antemano señalo que uno ha resultado fallido, y el otro, esperemos que el buen criterio de los parlamentarios lo haga fallido también. El primer ejemplo es el concepto de familia que figuraba en el anteproyecto librado por el Departament de Justicia para su información pública. Según el ex artículo 231-1 «El núcleo de convivencia integrado por madres, padres, hijos e hijas constituye la familia». ¡Menuda perla! Supongo que las críticas a este concepto fueron tan demoledoras que el precepto no ha pasado al proyecto definitivo. La definición de la familia es de chiste, pero de los que hacen llorar. Literalmente con el articulito, el Orfeo Català o el Barça son una familia. Una residencia de ancianos o —si me apuran— hasta un convento de monjas con noviciado son una familia. El sectarismo, o el dislate, estaban en la propuesta. No sé que es peor. Al final no prosperó. El segundo ejemplo del sinsentido infelizmente reinante está en el artículo 212.7 del proyecto de libro II del Código Civil relativo a la persona y a la familia. El artículo dice: «La libre decisión de las personas es determinante en las cuestiones que puedan afectar a su dignidad, integridad, y bienestar físico y mental, y en particular por lo que respecta al propio cuerpo, y a su salud reproductiva y sexual». Este artículo no estaba en el anteproyecto que se sometió a información pública, ni se debatió en la Comisión de Codificación. Fue introducido con nocturnidad y alevosía por las huestes del Departament d’Acció Social i Ciutadania, ajenos a la redacción del resto del Libro. Representa un dislate mayúsculo pues no es un artículo propio de un Código Civil. Es a lo sumo una declaración de principios criticable y desvergonzada. En cualquier caso, hace referencia a cuestiones de tipo sanitario que nada tienen que ver con el Código Civil. Si de la forma pasamos al fondo, es desafortunado. De golpe, reabre dos debates. Plantea, veladamente, los espinosos temas de la eutanasia y del aborto. Esto afecta a la cohesión social, pues no hay consenso. ¿Por qué se quieren imponer dentro de una Ley civil una mentalidad favorable al aborto o la eutanasia? La única explicación plausible es el odioso trágala. No quieres caldo, pues dos tazas: aborto y eutanasia. Y luego nos pedirán el voto.
Tags: aborto - Antoni Bosch - Código Civil catalán - cohesión social - derecho familia - eutanasia - salud reproductiva



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